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mayo  19, 2024

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Traspaso de la justicia “nacional” de las relaciones de consumo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Primer alerta: El problema de la instancia previa prejudicial adecuada

Por Carlos Eduardo Tambussi


"... hasta tanto se armonicen las normativas y se hagan las modificaciones necesarias, el traspaso de la justicia de las relaciones de consumo a la CABA, además de encauzar el tema en la jurisdicción adecuada, entendemos, tiene que determinar su competencia sin limitaciones de montos que distingan procesos y asumir un criterio amplio de admisión de las instancias prejudiciales existentes, además de poner en valor a la instancia administrativa local, dándole el mismo carácter, teniendo en cuenta que en los tres supuestos (COPREC, instancia administrativa y mediación tradicional) se encuentran satisfechos los propósitos de establecer una etapa previa de intento de acuerdo antes del inicio de la acción judicial. Incursionar en un criterio excesivamente riguroso cuando la cuestión de cuál es el sistema válido no se encuentra debidamente clarificado, configura sin lugar a dudas un ritualismo inútil."

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Términos mencionados en esta doctrina: traspaso, justicia, relaciones, instancia, adecuada.

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